Convocatoria proyectos federales de innovación- PFI  2023

Se encuentra abierta la convocatoria para presentar “Proyectos Federales de Innovación 2023”. Deben tener como objetivo dar solución a problemas sociales, productivos y ambientales concretos, de alcance municipal, provincial y regional, a través del financiamiento de proyectos de generación y transferencia del conocimiento científico-tecnológico.

Los “Proyectos Federales de Innovación 2023” es deseable que nazcan del acuerdo de una institución que identifica y plantea el problema a resolver junto con una institución que aporta el desarrollo innovador a través de la solución científica-tecnológica. Se pueden sumar otras instituciones con aporte de contraparte o capital humano. Asimismo, será ponderado que el proyecto incluya en forma explícita los destinatarios finales de la innovación.

Las autoridades del Ministerio de Ciencia y Tecnología,  área gubernamental de Ciencia y Tecnología, acreditadas ante el Consejo Federal de Ciencia y Tecnología (COFECyT), evalúan y jerarquizan los proyectos en concordancia con los Vectores de Desarrollo Social (VeDSPA) y Productivo de las Agendas Territoriales Integradoras (ATI) elaboradas para el PLAN NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN 2030.

Podrán ser beneficiarios/as de los Proyectos Federales de Innovación 2023 los organismos y empresas públicas, los municipios, las universidades, las instituciones del sistema científico y tecnológico nacional y provincial, las organizaciones no gubernamentales, las empresas privadas, las cámaras, las federaciones y confederaciones empresarias, las cooperativas, los actores sociales con personería jurídica, y, en general, todas las personas jurídicas constituidas como tales al momento de la presentación del proyecto, que estén radicadas y debidamente inscriptas en el Territorio Nacional, y cumplan con los restantes requisitos que en cada caso se establecen en estas términos de referencia.

El monto del aporte de cada proyecto no podrá ser inferior a PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000).

El ANR no podrá exceder el OCHENTA POR CIENTO (80%) del costo total del proyecto. El resto deberá ser aportado por los/las beneficiarios/as y/o por terceros/as, como aportes de contraparte. Cuando las Instituciones Responsables fueran empresas privadas u otras entidades con fin de lucro se exigirá una contrapartida no inferior al TREINTA POR CIENTO (30%) del costo total del proyecto.

Duración/Plazo de ejecución

Los proyectos tendrán un plazo máximo de ejecución de DOCE (12) meses, y constará de dos etapas de financiamiento, 70% en la primera etapa y 30% restante en la segunda.

Gastos Elegibles

a) Bienes de Capital (equipamiento), que no podrá superar el 50% del aporte MINCyT.Dicho porcentaje podrá extenderse hasta un 70% para aquellos proyectos financiados por convocatoria PFI y se encuentren en condiciones de ser escalados y/o diversificados.
b) Consultoría y Servicios (capacitaciones, honorarios de dirección investigación, apoyo técnico, servicios tecnológicos, etc.)
c) Insumos y materiales necesarios.
d) Construcción de instalaciones o remodelaciones.
e) Adquisición de licencias de tecnología y protección legal de resultados.
f) Viajes y viáticos justificados.
g) Gastos para la formulación, por un monto equivalente al 2% del monto total del proyecto.